¿Aplicar un test permite obtener un diagnóstico? Lo que debes saber cuando te indican un test o evaluación neuropsicológica 

Es cada vez más frecuente que personas y familias lleguen a consulta buscando realizar una prueba específica para confirmar o descartar un diagnóstico: un ADOS-2 ante la sospecha de autismo, un test para determinar si existe un déficit atencional o una prueba de memoria frente a la preocupación por un posible deterioro cognitivo. Esta idea también se ha extendido a través de redes sociales y otros espacios de divulgación, donde distintos instrumentos suelen presentarse como herramientas capaces de “detectar” o “confirmar” determinadas condiciones. Todo ello puede generar la expectativa de que existe una prueba capaz de entregar, por sí sola, una respuesta diagnóstica definitiva. Sin embargo, aplicar un test y realizar un proceso diagnóstico no son equivalentes.

¿Un test puede aportar información muy relevante, pero su resultado necesita ser interpretado en conjunto con otros antecedentes. Aplicar un instrumento no es equivalente a realizar una evaluación neuropsicológica, del mismo modo que obtener una determinada puntuación no constituye, por sí sola, una conclusión diagnóstica.

Esta diferencia es especialmente importante para las personas y familias que buscan respuestas, pero también para los profesionales e instituciones que solicitan evaluaciones. Saber qué puede y qué no puede responder un instrumento permite comprender mejor el proceso y evita reducir el funcionamiento de una persona a un puntaje.

Evaluar es más que aplicar un test
Una evaluación neuropsicológica es un proceso clínico que comienza con un motivo de consulta y una pregunta que se busca responder. Antes de decidir qué pruebas utilizar, necesitamos comprender qué queremos conocer acerca del funcionamiento de esa persona.

A partir de esa pregunta se formulan hipótesis, se seleccionan los aspectos que resulta pertinente explorar y se determina qué métodos e instrumentos pueden aportar información. La evaluación integra los antecedentes de la persona, la entrevista y la observación clínica, los resultados de instrumentos estandarizados y la información acerca de su funcionamiento en la vida cotidiana. Dependiendo del motivo de consulta, también puede ser necesario considerar aspectos cognitivos, emocionales, conductuales, adaptativos y sociales. Por eso, un test puede formar parte de una evaluación neuropsicológica, pero un test por sí solo no constituye una evaluación neuropsicológica.

Tampoco existe una batería universal que pueda responder adecuadamente a todos los motivos de consulta. Una evaluación destinada a comprender las dificultades de aprendizaje de un niño no necesariamente explorará los mismos aspectos que una evaluación posterior a un traumatismo craneoencefálico o aquella que busca comprender cambios cognitivos en una persona mayor.

Los instrumentos se seleccionan en función de la pregunta clínica, el momento del desarrollo, los antecedentes y las características particulares de cada persona.

¿Qué ocurre en Chile?
En Chile, existen antecedentes legales, técnicos y programáticos que permiten comprender la evaluación psicológica y neuropsicológica como un proceso que va más allá de la aplicación aislada de un instrumento. 

La Ley N.º 21.331, sobre reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental, establece que el diagnóstico debe realizarse conforme a la técnica clínica y considerando variables biopsicosociales. Esto implica que la comprensión de una persona no puede reducirse únicamente a una puntuación o al resultado de una prueba. 

En la misma línea, las Orientaciones para la Planificación y Programación en Red 2025 del Ministerio de Salud promueven una atención integral, centrada en las personas y con enfoque de curso de vida. Estas orientaciones son complementadas por las Recomendaciones Programáticas Específicas, entre ellas la RPE N.º 11, que entrega criterios técnicos para la programación de prestaciones de salud mental en Atención Primaria y en atención abierta de especialidad. En este documento, el Ministerio de Salud define el psicodiagnóstico realizado por psicólogos y psicólogas como una evaluación cuyo propósito es elaborar una hipótesis diagnóstica y aportar antecedentes al proceso de evaluación y confirmación diagnóstica realizada por un médico. El mismo documento señala que este proceso puede incluir entrevista clínica a la persona y su entorno, aplicación de test psicológicos o neuropsicológicos, análisis de resultados y elaboración del informe correspondiente. 

Esta distinción es especialmente importante: aplicar un test no equivale a realizar una evaluación completa. El instrumento forma parte del proceso, pero sus resultados deben interpretarse junto con los antecedentes clínicos, la entrevista, la observación, el contexto y el funcionamiento cotidiano de la persona. Por lo tanto, desde el propio marco técnico del sistema público chileno se reconoce que la evaluación implica integrar distintas fuentes de información y que el resultado de una prueba aislada no reemplaza el proceso clínico ni permite, por sí solo, comprender de manera integral la condición de una persona.

Más pruebas tampoco significa una mejor evaluación
Los estándares internacionales apuntan en una dirección similar. Practice Guidelines for Neuropsychological Assessment and Consultation de la American Academy of Clinical Neuropsychology (AACN) constituye uno de los documentos de referencia para la práctica neuropsicológica y destacan la importancia de utilizar instrumentos con propiedades psicométricas adecuadas y de considerar las características demográficas, culturales y lingüísticas relevantes para su interpretación.

La evaluación neuropsicológica busca comprender patrones de funcionamiento, relacionando los resultados obtenidos con la historia, las características y el funcionamiento cotidiano de la persona.

Por eso, aplicar una gran cantidad de pruebas tampoco garantiza una evaluación de mayor calidad. Una colección de puntajes no equivale a una formulación neuropsicológica. Lo relevante es por qué se seleccionaron determinados instrumentos, qué pregunta ayudan a responder y cómo se integran sus resultados con las demás fuentes de información.

“Me dijeron que hiciera un ADOS-2 para saber si es autista”
El autismo es probablemente uno de los ejemplos que mejor permite comprender esta diferencia. Una persona adulta puede recibir la indicación de realizarse un ADOS-2 “para saber si es autista”. De manera similar, una familia puede recibir la recomendación de aplicar esta prueba a su hijo o hija para “confirmar” o “descartar” autismo.

El ADOS-2 es una herramienta ampliamente utilizada que aporta información clínica relevante a través de una observación estructurada. Sin embargo, su resultado no equivale por sí solo a un diagnóstico de autismo.

El National Institute for Health and Care Excellence (NICE), del Reino Unido, señala expresamente que no se debe depender de una herramienta diagnóstica específica de autismo de manera aislada para realizar un diagnóstico.

La evaluación requiere integrar diferentes fuentes de información. Esto implica conocer la historia del desarrollo y las características actuales de la persona, considerar su funcionamiento en diferentes contextos y explorar aspectos como la comunicación e interacción social, funcionamiento adaptativo, condiciones coexistentes, aspectos emocionales y sensoriales, además de sus fortalezas y necesidades de apoyo. Por eso, un resultado de ADOS-2 no debería interpretarse de manera aislada como “es autista” o “no es autista”. El ADOS-2 aporta información al proceso de evaluación, pero no reemplaza el proceso completo.

Un principio que se mantiene a lo largo de la vida
Esta forma de comprender la evaluación no se limita al autismo ni a una determinada etapa del desarrollo. El mismo principio se aplica frente a condiciones del neurodesarrollo, dificultades de aprendizaje, traumatismos craneoencefálicos, accidentes cerebrovasculares, epilepsia y otras condiciones neurológicas, dificultades de salud mental, deterioro cognitivo y enfermedades neurodegenerativas, entre muchas otras situaciones.

En todos estos casos, el objetivo no debería ser solamente identificar aquello que una persona presenta como dificultad. Una evaluación neuropsicológica también permite reconocer fortalezas, habilidades preservadas, estrategias, recursos y necesidades de apoyo. Esta información es especialmente importante porque una evaluación debería tener utilidad para la persona. Sus resultados pueden contribuir a orientar intervenciones, procesos de rehabilitación, apoyos educacionales o laborales, adaptaciones y recomendaciones para la vida cotidiana.

¿Qué pueden esperar las personas y sus familias?
Las personas evaluadas y sus familias tienen derecho a comprender para qué se realiza una evaluación y qué se puede concluir a partir de ella. También es razonable preguntar por qué se seleccionaron determinados instrumentos, qué otros antecedentes serán considerados y cómo se integrará la información para elaborar las conclusiones.

Cuando alguien recibe la indicación de “hacerse un test para saber si tiene” una determinada condición, es importante comprender que el instrumento puede ser una parte del proceso, pero no necesariamente entregar por sí solo la respuesta que se está buscando.

Desde la Sociedad Chilena de Neuropsicología Clínica queremos contribuir a una comprensión más rigurosa de la evaluación y, al mismo tiempo, entregar información que permita a las personas y familias tomar decisiones informadas respecto de los procesos en los que participan.

Los test son herramientas valiosas cuando son seleccionados, administrados e interpretados adecuadamente. Su valor no está en entregar un veredicto aislado, sino en aportar información que, integrada con otros antecedentes, permita comprender mejor el funcionamiento de una persona.

Detrás de cada puntuación existe una historia, un contexto y una persona.

Un test aporta información. Una evaluación integra distintas fuentes de evidencia. Una puntuación aislada no define a una persona.

Referencias

American Academy of Clinical Neuropsychology (AACN) (2007). Practice Guidelines for Neuropsychological Assessment and Consultation. The Clinical Neuropsychologist, 21(2), 209–231. https://doi.org/10.1080/13825580601025932 

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (2021). Ley N.º 21.331, del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental. https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1159383 

Ministerio de Salud de Chile (2025). Orientaciones para la planificación y programación en red. Resolución Exenta N.º 196. https://www.minsal.cl/wp-content/uploads/2024/09/RES.-EXENTA-N%C2%B0-196-ORIENTACIONES-PARA-LA-PLANIFICACION-Y-PROGRAMACION-EN-RED-.pdf 

Ministerio de Salud de Chile (2026). RPE Nº11: Criterios técnicos para la programación de prestaciones de Salud Mental en Atención Primaria y de atención abierta de salud mental en el nivel de especialidad https://www.minsal.cl/wp-content/uploads/2025/11/RPE-No11-Criterios-tecnicos-programacion-de-SM-en-APS-y-atencion-abierta-de-espec.pdf 

National Institute for Health and Care Excellence (NICE) (2017). Autism spectrum disorder in under 19s: recognition, referral and diagnosis (CG128). https://www.ncbi.nlm.nih.gov/books/NBK553265/ 

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